Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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Legislatura: 1872 (2ª) (Cortes de 1872)
Sesión: 14 de mayo de 1872
Cámara: Congreso de los Diputados
Discurso / Réplica: Respuesta al Sr. García San Miguel
Número y páginas del Diario de Sesiones: 17, 310
Tema: Destitución de ayuntamientos en la provincia de Oviedo

El Sr. Presidente del CONSEJO DE MINISTROS y Ministro de la GOBERNACIÓN (Sagasta): No tengo tampoco noticia de lo que haya pasado al Ayuntamiento de Belmonte; pero yo puedo asegurar que si el gobernador ha disuelto el Ayuntamiento de Belmonte no siendo carlista y no habiendo fundamentos legales para ello, el gobernador no ha obrado bien. Me choca, sin embargo, que en Belmonte el Ayuntamiento fuera muy liberal. (El Sr. García San Miguel: He dicho el Ayuntamiento de Miranda.) Entonces no sé si son dos Ayuntamientos o uno. (El Sr. García San Miguel: Uno, el de Miranda, que es del partido judicial de Belmonte.) No sé lo que sucede en Miranda; pero sí debo decir que desgraciadamente en todo el partido judicial de Belmonte hay muy pocos liberales.

Y sea de esto lo que quiera, si el Ayuntamiento de Miranda era liberal, si no ha influido en la insurrección, si ha cumplido con su deber y no ha faltado a la ley, y a pesar de eso ha sido suspenso en todo o en parte, el gobernador ha hecho mal y se le exigirá la debida responsabilidad. Yo veré lo que haya sobre ese particular, y contestaré a S. S., castigando al gobernador si ha obrado mal, o dándole la razón si ha obrado bien, en cuyo caso ya indicaré a S. S. los fundamentos en que ha podido fundar su conducta.

Respecto al nombramiento de delegados y a la partida del presupuesto que sirve para atender a este servicio, yo se la traeré a S. S., porque no he hecho más que seguir en este punto la jurisprudencia establecida por mi digno antecesor el Sr. Rivero, que detalla en una circular los fundamentos en que se apoya para que puedan mandarse delegados; y claro está que si se mandan legalmente, han de pagarse. No he hecho más que seguir los pasos que mi digno antecesor dejó establecidos, al considerar vigentes las disposiciones relativas a los delegados.



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